Dirigentes mapuche y la cárcel
Longbow / HistoriaPresos políticos mapuche
No es nuevo en la historia de Chile que los indígenas sean encarcelados por reclamaciones de tierras o reivindicaciones políticas. Desde que se ocupa militarmente la Araucanía, la imposición de la doxa dominante escenificada como discurso actuante de la justicia y sus agentes, ha conllevado un sometimiento del mapuche ya no por la fuerza de las armas, sino a través de la Razón del Estado de Derecho que se impuso en el territorio.
Por ejemplo, en la década del 1930, en pleno impulso de parte del Estado de diferentes legislaciones tendientes a dividir las propiedades comunitarias, líderes mapuche como Manuel Aburto Pangulilef, mítico dirigente de la Federación Araucana, tuvieron que sufrir el rigor de la justicia chilena. Este, al oponerse a las divisiones de tierras comunitarias y reivindicar derechos políticos de los mapuche, recibió como castigo la relegación en dos oportunidades:
“(…)Uma vez foi relegado à vila de
Caldera, no norte de Chile, e outra
foi enviado para Quellon, no setor
masi ao sul da ilha grande de Chiloe,
no sul do Chile (…)”
Según traducción propia:
“Una vezfui relegado a la villa de Caldera, en
el norte de Chile, y otra vez fui
enviado para Quellón, en el sector
más al sur de la Isla Grande de
Chiloé, en el sur de Chile”.
Décadas más tarde, en pleno proceso de reforma agraria, las ocupaciones de tierras reivindicadas por mapuche tuvieron como respuesta del Estado otra vez la represión y el encarcelamiento de indígenas, específicamente mapuche. En 1967 el Grupo Indígena Universitario denunciaba los atropellos de que eran víctimas dirigentes y miembros de comunidades indígenas de Lumaco, informando:
A raíz de los últimos acontecimientos acaecidos hace poco en Lumaco, se ha desencadenado una grave persecución contra los indígenas de Lumaco en la provincia de Malleco. Ante estos hechos, el Grupo Universitario Indígena hace pública su más enérgica protesta, frente a la actitud represiva que patrocina el intendente de Malleco. Los indígenas del sector se sienten alarmados porque no hay justificación alguna para que cinco de sus hermanos de raza se encuentren presos desde el 30 de junio y además hay órdenes de aprehensión para una decena más de indígenas. La opinión pública y en especial toda la raza indígena podrán ver la gravedad del caso y la poca sensibilidad del gobierno, lo que se contradice con el gran despliegue publicitario de la nueva Reforma Agraria y demás organismos ya creados, según se dice, para ir en defensa de los campesinos. Hace tiempo los indígenas del lugar recibieron promesas de políticos profesionales, entre ellos parlamentarios de gobierno, y otras personas de organismos estatales para solucionar el problema de la tierra. Los indígenas de Lumaco no piden otra cosa que los incorporen a las parcelas a cargo de la CORA. Por este motivo cinco de nuestros hermanos de raza se encuentran procesados por usurpación y por infracción a la Ley de Seguridad del Estado, situación que jurídicamente es de por sí irregular. Estos campesinos son: Llanquinao, Antileo, Norín y Raín. (…) resulta insólito que estos campesinos continúen en la cárcel de Traiguén como si hubieran cometido acciones delictuales, en circunstancias que todo lo que piden es un poco de tierra para trabajar y vivir en condiciones económicas más dignas.
Sabido es que con posterioridad al golpe militar de septiembre de 1973 se produjeron violentas, masivas y sistemáticas detenciones, ejecuciones y desapariciones en todas las regiones y provincias del país. Se suprimieron las libertades públicas, se disolvió el Parlamento, se declararon proscritos todos los partidos políticos y las organizaciones sociales, y se puso fin al proceso de Reforma Agraria, lo que se tradujo en el encarcelamiento de los dirigentes mapuche que reivindicaban tierras durante la Reforma Agraria.
Sin embargo, el carácter represivo de este período no impidió que organizaciones mapuche levantaran la voz y expresaran su descontento ante las injusticias que vivían a diario de miles de chilenos y mapuches. Según Gacitúa, en este período (1973-1990) fueron documentadas 221 movilizaciones mapuche. La respuesta de la dictadura fueron ejecuciones y desapariciones,exilios, relegamientos, y la prisión política en contra de la disidencia.
En efecto, en 1986, José Santos Millao, líder en ese entonces de la organización Ad Mapu, escribía desde la prisión política lo siguiente:
Hoy como nunca están todas las condiciones para producir el derrocamiento de este régimen opresivo y por este sagrado objetivo lucharemos sin retroceder ni un solo milímetro y sin darle tregua al enemigo hasta barrer con la dictadura. Por eso hermanos y compañeros, pueden Uds. estar seguros que la inmensa mayoría de los chilenos y en particular de nuestro invencible pueblo Mapuche, sabemos cumplir en esta hora dura y decisiva fielmente con nuestro deber.
El retorno a la democracia y los acuerdos sostenidos entre la coalición de gobierno y las principales organizaciones indígenas no implicó que desde el Estado no se buscaran formas represivas de resolución de conflictos. La justicia nuevamente entra a mediar en la relación entre indígenas y el ejecutivo para imponer la fuerza punitiva del Estado. Efectivamente, en los primeros años del gobierno encabezado por Patricio Aylwin, éste acusó por asociación ilícita y usurpación de tierras a 144 mapuche pertenecientes a la organización Consejo de Todas las Tierras por su participación en ocupaciones de tierras que los mapuche reivindicaban en base a derechos ancestrales.
Al conmemorarse el 5º Centenario del Descubrimiento de América, las movilizaciones mapuche se intensifican, principalmente a través de la acción directa, es decir, la ocupación de predios reclamados como propios por los mapuche. Frente a este escenario, el entonces Intendente de la Novena Región, Fernando Chuecas, junto al Ministerio del Interior, presentan un requerimiento ante los tribunales por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado.
Para analizar la serie de tomas se nombra como ministro en visita a Antonio Castro Gutiérrez, quien, finalmente, cuatro años después, condena a 144 indígenas, entre los que se contaban 30 mujeres y 26 jóvenes:
(…) hubo condenas de 60 a 541 días y multas de entre seis a 11 sueldos vitales (de unos 85 mil a 199 mil pesos). Para el lote, los cargos fueron ‘asociación ilícita y usurpación de tierras’. Para Huilcamán se agregó lo de autor intelectual. Estuvo 53 días preso y luego salió en libertad bajo fianza. Años después de los incidentes, los acusados ya se habían transformado en demandantes y como tales, se acercaron a la Corte Suprema con un recurso que buscaba invalidar el fallo, pero fue declarado inadmisible, por estar fuera de plazo.
Posterior a la condena por parte de los tribunales, el Estado chileno fue denunciado ante la Corte Interamericana de DD.HH. En octubre de 1998, la comisión citó a las partes, escuchó sus alegatos verbales y les aconsejó un “acuerdo amistoso”.
En 1997, nuevas reivindicaciones de parte de las comunidades generan como respuesta del ejecutivo nuevamente la invocación de la Ley de Seguridad Interior del Estado, como forma de hacer frente a las convulsionadas movilizaciones mapuche que había cobrado un renovado ímpetu.
Como se observa, es en pleno período de retorno a la democracia en Chile que comienzan a multiplicarse las detenciones y enjuiciamientos de hombres y mujeres mapuche en el contexto de protestas sociales. Además, se utiliza leyes de excepción como la Ley de Seguridad Interior del Estado y, posteriormente, la Ley Antiterrorista, cuerpos legales adoptados y utilizados durante la dictadura militar para perseguir y neutralizar a los enemigos políticos. También el actuar de la policía recuerda las deleznables prácticas de intimidación utilizadas durante el período dictatorial, así lo denuncian los presos mapuche y por lo mismo revindican para sí la denominación de “Presos Políticos Mapuche”.
Los Presos Políticos Mapuche desde la cárcel de Nueva Imperial comunican a la sociedad civil nacional e internacional lo siguiente: El día viernes 31 de agosto del año en curso, en dependencias de Gendarmería fue interrogado de forma ilegal Juan de Dios Puel, preso político mapuche, por tres personas que no se identificaron, ofreciendo durante el interrogatorio supuesta libertad y dinero para locomoción, a cambio de inculpar a personas desconocidas retratadas en fotografías, a lo cual el imputado no accedió. Los interrogadores, viendo la respuesta negativa de su proceder, cambiaron radicalmente su actitud, amenazando con “encarcelamiento de cinco años y un día, donde sería tratado como a un perro en una cárcel de Santiago”, fuera del alcance de sus familiares e hijos. Ante el silencio del interrogado se tornaron violentos, se insultó y se amenazó con “aplicar electricidad”
En el mismo tenor del anterior comunicado público, y a fines del año 2001, múltiples organizaciones mapuche se pronuncian acerca de la parcialidad de algunos jueces y la ilegitimidad de la utilización de tribunales militares para juzgar a mapuche, y lo hacen en una Carta Abierta de las Organizaciones mapuche al fiscal militar Adolfo Kaulfhold:
Las organizaciones mapuche del país, mediante la presente le manifestamos nuestras profundas preocupaciones sobre los criterios y leyes dictatoriales que ha tenido en cuenta para encarcelar a los dirigentes mapuche. Lamentamos que usted continúe aplicando leyes dictatoriales que no tienen ninguna relación con las causas que originan el movimiento mapuche, por la recuperación de las tierras usurpadas, y el reconocimiento de los derechos políticos que el Estado chileno no ha incluido. Es de conocimiento general que las tierras que reivindicamos son aquellas que han sido objeto de usurpación por parte del Estado chileno, especialmente las que perdimos durante la dictadura militar. En este contexto se encuentran el Decreto de Ley 701, sobre expansión de las actividades forestales, instrumento que ha beneficiado a las empresas forestales transnacionales y el Decreto de Ley 2.568 sobre división y subdivisión de las tierras mapuche. Ambos instrumentos jurídicos Ud. conoce; por tanto, considerando su naturaleza dictatorial, los mapuche reivindicamos legítimamente nuestras tierras usurpadas. Teniendo en cuenta que Ud. posee dominio territorial en la región, razón fundamental del conflicto mapuche, por lo mismo consideramos que su resolución carece de objetividad e imparcialidad. En este sentido Ud. debería inhabilitarse para conocer causas que afecten a comunidades mapuche que reivindican derechos territoriales. Es inaceptable y totalmente antidemocrático la aplicación de leyes dictatoriales con el pueblo mapuche, se observa que vuestra resolución tiene por objeto frenar el proceso organizativo mapuche y de esta forma perpetuar el proceso de negación y opresión que el Estado chileno ha mantenido con el Pueblo Mapuche. El derecho a la tierra, el territorio, el derecho a la autodeterminación y la participación son derechos imprescriptibles e irrenunciables y son parte indisoluble e indivisible de los derechos humanos, por tanto la Fiscalía Militar en este contexto se aleja totalmente de la vida democrática del país y su participación solo viene a constituir un caso ejemplar para la perpetuación de la opresión política con los Pueblos Indígenas, particularmente con nuestro Pueblo Mapuche.
Como se expresa, los presos mapuche encarcelados en el marco del conflicto territorial, reivindican el status de “Presos Políticos” y los argumentos que fundan estas demandas son compartidos por distintos sectores de la sociedad civil e intelectuales, según se evidencia en las palabras del profesor Roberto Morales:
Debe entenderse y asumirse entonces que los mapuche que han sido reprimidos, detenidos, torturados, amenazados, procesados y condenados, en circunstancias de una lucha por la defensa de sus territorios, en la reconstitución del poder mapuche en tales espacios locales, han sido detenidos en el contexto de un conflicto político, por lo cual cabe legítimamente calificarlos como Presos Políticos Mapuche, a comienzos del siglo XXI.
Fragmento de Los mapuche ante la justicia de Eduardo Mella Seguel
